Denuncian a la ONU el contrato con UPM

Firma del Contrato ROU-UPM por representantes del gobierno uruguayo y de la multinacional finlandesa, el 7 de noviembre de 2017.

Organizaciones sociales finlandesas demandan a Naciones Unidas una auditoría independiente para saber si los efectos del Contrato con UPM afectan o no los derechos humanos económicos, sociales y culturales de los uruguayos.

Víctor L. Bacchetta

New Wind Association, Economic Justice Action Group of Friends of the Earth y Emmaus Aurinkotehdas, tres organizaciones sociales de Finlandia, elevaron hoy al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas una denuncia sobre los impactos de la nueva inversión de UPM en Uruguay y la responsabilidad de Finlandia de asegurar y controlar el respeto por esa empresa de los derechos humanos económicos, sociales y culturales de la población de este país.

«Como UPM es una corporación transnacional en la que están involucrados intereses públicos y privados cruciales de Finlandia, los impactos en los derechos humanos de la mega inversión de UPM en la producción de celulosa en Uruguay son un ejemplo de condiciones con respecto a las cuales Finlandia es responsable de desarrollar un marco para garantizar que no descuida sus obligaciones», afirma la denuncia.

«Toda persona tiene derecho a un orden social e internacional en el que los derechos […] puedan realizarse plenamente», recuerdan las organizaciones citando la Declaración de Derechos Humanos de la ONU. Y agregan que «todos los órganos de la sociedad» deberán «promover el respeto de estos derechos y libertades»,así como adoptar las medidas nacionales e internacionales para asegurar su reconocimiento.

Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés) es un órgano compuesto por expertos independientes con el fin de  supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este Pacto fue aprobado por la Asamblea General de la ONU el 16 de diciembre de 1966 y, tras ser ratificado por los Estados, entró en vigor el 3 de enero de 1976.

El CESCR fue creado el 28 de mayo de 1985 por resolución del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) para llevar a cabo las funciones de seguimiento del Pacto asignadas a este Consejo. El CESCR está integrado por 18 expertos independientes de alta consideración moral y reconocida competencia en el ámbito de los derechos humanos elegidos por los Estados partes del Pacto.

Los miembros del Comité desempeñan sus funciones a título personal por un período de cuatro años y pueden ser reelegidos. La presidencia es ocupada en la actualidad por el jurista brasileño Renato Zerbini Ribeiro Leão. En la próxima reunión del CESCR, a celebrarse del 15 de febrero al 5 de marzo, se tratarán los informes de Finlandia y Latvia que incluyen las presentaciones de organizaciones de la sociedad civil.

«Numerosos grupos y comunidades han expresado una profunda preocupación sobre cuáles serán los impactos de ese contrato de inversión en sus derechos humanos y el medio ambiente, ya que el proyecto de UPM gastará miles de millones, la mayoría del dinero de los contribuyentes uruguayos para crear un gran cambio en la tierra y el agua de Uruguay», señalan las organizaciones finlandesas al CESCR.

Y agregan que, como Finlandia y otros estados tienen poderes para controlar a «las corporaciones constituidas bajo sus leyes, o que tienen su sede estatutaria, administración central o lugar principal de negocios en su territorio», el estado finlandés «tiene que usar ese poder de control para asegurar los derechos humanos en particular en megainversiones público-privadas en el exterior como ésta».

Un acuerdo desigual no ofrece garantías

El informe presentado al CESCR, titulado «Sobre la mega inversión de UPM-Uruguay y la responsabilidad de Finlandia de asegurar y monitorear que respete los derechos humanos económicos, sociales y culturales en cumplimiento de las obligaciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales», realiza un análisis detallado del nuevo proyecto de UPM y de sus consecuencias.

Reproducimos a continuación fragmentos del Prefacio del documento (*).

«Uruguay y la corporación trasnacional UPM acordaron en esta su inversión común que Uruguay debía primero hacerse cargo de construir el ferrocarril, la terminal portuaria y las obras de infraestructura, así como introducir cambios en la educación, las leyes y las condiciones laborales del país para atender los negocios de UPM. y solo si UPM consideraba que eran idóneos decidiría realizar su inversión.

El CEO de UPM, Jussi Pesonen, en una de sus visitas de inspección del proyecto, frente al ex-presidente Tabaré Vázquez.

UPM tendrá así una enorme influencia para exigir más y más a Uruguay para servir a sus intereses comerciales porque los 4.000 millones de euros que Uruguay invirtió por adelantado para atender el proyecto de UPM, serán un gran desperdicio si UPM no invierte sus 2.400 millones de euros para la producción de celulosa.

La Institución Nacional de Derechos Humanos de Uruguay ha determinado que los impactos acumulativos que tendrá este proyecto sobre los derechos humanos y el medio ambiente no han sido debidamente evaluados con la participación de las personas afectadas y no son debidamente conocidos por el pueblo uruguayo.

Los derechos humanos están amenazados por un acuerdo en el cual una nación invierte una cantidad superior al 7% de su Producto Interno Bruto anual en un proyecto que puede no realizarse en absoluto si una empresa privada considera que los esfuerzos de Uruguay no son suficientes.

No se pueden verificar adecuadamente los impactos de un proyecto cuando el destino de una gran extensión de los recursos de Uruguay – tierras, el agua, ecosistemas, la biodiversidad, infraestructura, condiciones ambientales, laborales y educativas, etc. – depende de lo que a UPM se le ocurra decidir que es rentable para su negocio.

Los órganos y relatores de la ONU han señalado que los estados no pueden dejar en manos de los actores empresariales privados, que tienen intereses comerciales en las inversiones, la evaluación de los impactos sobre los derechos humanos y el medio ambiente, sino que los estados son responsables de evaluar, los impactos y actuar para garantizar los derechos humanos y la integridad ambiental.

Con respecto a cómo los derechos humanos económicos, sociales y culturales pueden ser afectados por el proyecto, como país de origen de UPM, Finlandia es responsable junto con Uruguay de garantizar el respeto de estos derechos humanos y su adecuada protección para que las actividades comerciales de UPM en Uruguay no afecten negativamente sino promover la realización de estos derechos.

Con respecto a dichos impactos, Finlandia también debe ayudar a establecer una comisión o entidad de revisión independiente e imparcial que los órganos respectivos de la ONU puedan nominar o aprobar como competente para evaluar los impactos del proyecto de UPM sobre los derechos humanos económicos, sociales y culturales y en el medio ambiente, en particular en la biodiversidad y el agua.

Finlandia debe contribuir a cubrir junto con Uruguay los costos de dicha comisión de evaluación guiada de la ONU y respetar sus hallazgos en términos de sus obligaciones como estados parte de la ONU de proporcionar de manera transparente toda la información solicitada por la comisión con respecto al proyecto.»

Informe al CESCR de la ONU

Sobre la mega inversión de UPM-Uruguay y la responsabilidad de Finlandia de asegurar y monitorear que respeta los derechos humanos económicos, sociales y culturales en cumplimiento de las obligaciones del PIDESC.

Prefacio resumido

Uruguay se ha comprometido a invertir 4.000 millones de euros – más del 7% de su PIB anual – en un ferrocarril, infraestructura, educación, etc., para atender la producción a gran escala de celulosa de UPM que no serán debidamente productivos o beneficiosos si otros 2.400 millones no son invertidos por UPM para construir en Uruguay, en Paso de los Toros, la mayor fábrica de celulosa del mundo.

Uruguay y UPM, una corporación transnacional, acordaron en esta su inversión común que Uruguay debe primero construir el ferrocarril, la terminal portuaria y las obras de infraestructura, así como introducir cambios en la educación, las leyes y las condiciones laborales del país para atender los negocios de UPM y solo si UPM consideraba que eran idóneos decidiría realizar su inversión.

Por lo tanto, UPM tendrá una enorme influencia para exigir más y más a Uruguay para servir solo a los intereses comerciales de UPM porque los 4.000 millones de euros que Uruguay invirtió por adelantado para atender la producción de celulosa de UPM, seguirán siendo un gran desperdicio si UPM no invierte sus 2.400l millones de euros.

El Instituto de Derechos Humanos de Uruguay ha determinado que los impactos acumulativos que tendrá este proyecto sobre los derechos humanos y el medio ambiente no han sido debidamente evaluados con la participación de las personas afectadas y no son debidamente conocidos por el pueblo uruguayo.

Los derechos humanos se ven amenazados por un acuerdo en el que una nación invierte una cantidad superior al 7% de su PIB anual en un proyecto que puede no realizarse en absoluto si una empresa privada no considera que los esfuerzos de Uruguay sean suficientes. Por lo tanto, el proyecto no puede confirmar que haya asegurado adecuadamente que los impactos de dicha inversión no debilitarán el cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales.

No es posible verificar adecuadamente los impactos de un proyecto cuando se ha acordado que el destino de una gran extensión de los recursos de Uruguay – tierras, agua, ecosistemas, biodiversidad, infraestructura, condiciones ambientales, laborales y educativas, etc.- dependa de lo que la UPM decida que será rentable para su negocio.

La inversión de UPM-Uruguay afectará la calidad y circulación ecológica del agua y las condiciones de acceso a la misma, las condiciones de uso del suelo, la biodiversidad y los ecosistemas, del trabajo, la vivienda y los transportes en la zona de manera que amenazan con violar los derechos humanos a un nivel de vida adecuado, a la alimentación, el agua y la vivienda, y los derechos humanos a la salud, un medio ambiente limpio y seguro, la cultura, el trabajo y la educación, privando a las personas de sus medios de subsistencia localmente autodeterminados.

Como las condiciones establecidas por las actividades y decisiones de UPM pueden poner en peligro los derechos humanos económicos, sociales y culturales en Uruguay de muchas maneras y como UPM actúa ampliamente bajo la jurisdicción de Finlandia, Finlandia también es responsable de los impactos en la medida que sus leyes, la gobernanza y las políticas influyan en las actividades de UPM y la forma como UPM está haciendo sus negocios.

En virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), Finlandia es responsable de actuar, en cooperación con Uruguay, para garantizar que las condiciones creadas por UPM en Uruguay, su acuerdo de inversión, sus actividades y decisiones, no afecten negativamente la realización de los derechos humanos en los siguientes aspectos con respecto a los cuales Finlandia actualmente descuida sus obligaciones extraterritoriales, ya que Finlandia no ha actuado adecuadamente para garantizar que:

  1. La tierra y el agua se utilizarán principalmente para garantizar los derechos humanos a los medios de subsistencia autodeterminados de las personas

No se permitirá que las condiciones que la inversión de UPM genere o requiera para Uruguay afecten retroactivamente o negativamente los derechos económicos, sociales y culturales de aquellos que ni siquiera han sido informados por adelantado sobre los impactos negativos de dicho proyecto en sus derechos humanos y, por lo tanto, no han podido participar democráticamente para evaluar e influir en esos impactos para proteger sus derechos humanos.

  1. Deben garantizarse niveles de vida adecuados con respecto al derecho a la alimentación, el agua y la vivienda

Uruguay y Finlandia deben garantizar que los derechos humanos de las personas a la alimentación, al agua, la vivienda y a condiciones de vida dignas y adecuadas se realicen y que las fuentes de acceso a ellas permanezcan en manos de las personas, no bajo el control para otros fines de UPM u otros intereses comerciales.

  1. Derechos a la salud y a condiciones ambientales y laborales saludables

El proyecto UPM, Uruguay y Finlandia deben garantizar mediante un monitoreo independiente competente y una verificación pública transparente, que los actores sobre los que pueden influir no estén de acuerdo o actúen de manera que reduzcan el acceso de las personas a un ambiente limpio y seguro, el agua, el aire o las condiciones de trabajo o de vida y afectar los derechos humanos mediante la contaminación o el consumo excesivo de agua o tierra para otros fines que no garantizan estos derechos.

  1. Impactos de la inversión de UPM en la biodiversidad mediante los cuales las personas vean afectados sus derechos humanos

Se debe garantizar que el proyecto UPM no afecte, degrade o reduzca la regeneración de la biodiversidad de las pampas locales y de los ríos mediante los cuales las personas materializan sus derechos a la alimentación, la salud, los medios de vida, las condiciones de vida y el medio ambiente adaptado para vivir mediante la regeneración de la biodiversidad. El proyecto debe respetar esos derechos y Uruguay y Finlandia deben protegerlos y promover su utilización sostenible.

  1. Impactos del proyecto UPM en la igualdad cultural, los derechos a la cultura, el trabajo, las ocupaciones tradicionales y la educación

El proyecto UPM debe ser revisado para respetar la igualdad de derechos de las personas a su cultura relacionada con la economía, el trabajo, los medios de vida y la educación en el área, de acuerdo con cómo estas culturas del sustento de la vida y el patrimonio son sostenibles y adaptadas a la vida mediante la regeneración del entorno biodiverso del área. Uruguay y Finlandia deben garantizar que esta igualdad se aplique no solo dentro del proyecto, sino también en los impactos del proyecto en la vida/trabajo fuera de él.

Respecto a las condiciones laborales, es importante recordar que el contrato que UPM suscribió con el gobierno de Uruguay establece no solo las proyecciones en materia de generación de empleo sino además orientaciones sobre prevención y solución de conflictos que la empresa pretendía fuesen a medida de sus necesidades. Uruguay es un país con buena reputación a nivel internacional por poseer un rico entramado normativo de protección de los derechos fundamentales del trabajo, con negociación colectiva, libertad sindical y amplios derechos que protegen a los y las trabajadores/as. El accionar de UPM intentando forzar la normativa de regulación de ocupaciones es un reflejo del tipo de empresa y las formas de presión y captura, directas e indirectas que generan a favor de sus intereses y menoscabando la potestad regulatoria del Estado y los derechos humanos.

Asimismo, en términos de justicia económica, se debe resaltar la introducción de mecanismos de solución de controversias en el contrato firmado entre la empresa y el gobierno de Uruguay. Si bien esto no es una novedad, la empresa blindó la protección de su inversión por varios mecanismos: los establecidos en el contrato en cortes nacionales pero también el derecho de remitirse a arbitrajes internacionales tal como establece el tratado de promoción y protección de inversiones entre Uruguay y Finlandia. En un mundo donde las políticas públicas y la potestad regulatoria de los Estados está cada vez más acorralada por los intereses transnacionales de las empresas, un contrato a la medida como el de UPM constituye una clara ratificación de la supremacía del capital transnacional por sobre la sustentabilidad de la vida.

Estas cinco dimensiones de cómo el proyecto puede afectar los derechos humanos económicos, sociales y culturales – que se presentan con más detalle en el anexo disponible también aquí: http://www.observatoriodelaguaenuruguay.com/report-to-uncescr- on-upm-investment-in-uruguay/ – Finlandia como país de origen de UPM es responsable junto con Uruguay de velar por el respeto de los derechos humanos y su adecuada protección para que las actividades empresariales de UPM en Uruguay no afecten negativamente sino que promuevan la aplicación de estos derechos.

Las personas de Uruguay que puedan ser afectadas deben estar debidamente informadas sobre los impactos que podrían sufrir sus derechos y el medio ambiente. Estos impactos deben ser evaluados y verificados por terceros independientes competentes en derechos humanos y en las obligaciones ambientales de Uruguay, Finlandia y UPM y en los compromisos y responsabilidades de los actores empresariales bajo la jurisdicción o influencia de los Estados Partes.

Si bien UPM ha realizado muchas evaluaciones, no han sido evaluaciones de los impactos generales sobre los derechos humanos y diversas comunidades afectadas no han podido participar. Los órganos y relatores de la ONU han señalado que los estados no pueden dejar en manos de actores empresariales privados, que tienen intereses comerciales en inversiones o proyectos, sus responsabilidades para evaluar los impactos sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Los estados son responsables de evaluar, monitorear y verificar los impactos y actuar para garantizar los derechos humanos y la integridad ambiental.

Finlandia también tiene que ayudar a garantizar que, sobre los impactos del proyecto de UPM en los derechos humanos económicos, sociales y culturales y relacionados también con el agua, la biodiversidad y otros entornos, se establezca una comisión o entidad de revisión independiente e imparcial que los respectivos órganos de la ONU puedan nominar o aprobar como competente para evaluar dichos impactos.

Finlandia debe contribuir a cubrir junto con Uruguay los costos de dicha comisión de evaluación de la ONU y respetar sus hallazgos en términos de sus obligaciones como estados parte de la ONU de proporcionar de manera transparente toda la información solicitada por la comisión con respecto al proyecto planeado.

Friends of the Earth, Finlandia
New Wind Association, Finlandia
Emmaus Aurinkotehdas, Finlandia

Firmas de apoyo:

Friends of the Earth International
Global Forest Coalition
World Rainforest Movement
Rivers without Boundaries Coalition
BankTrack
Pulp Finance Working Group, Environmental Paper Network
Movimiento Cultural Internacional Our Voice
Project on Organizing, Development, Education, and Research (PODER), Latin America
Movimiento por un Uruguay Sustentable (Movus), Uruguay
No al tren de UPM Montevideo, Uruguay
No al tren de UPM Canelones, Uruguay
No al tren de UPM Joanicó, Uruguay
Vecinos de 25 de mayo No al tren de UPM, Uruguay
Censat Agua Viva- Amigos de la Tierra, Colombia
Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida (CNDAV), Uruguay
REDES, Friends of the Earth, Uruguay
Friends of the Siberian Forests, Rusia
Otro Trazado, Florida, Uruguay
Biofuelwatch, UK/US
Coordinación Nacional Contra UPM, Uruguay
Colectivo Ecofeminista Dafnias, Uruguay
Abibinsroma Foundation in Ghana
Asociación Civil Ambientalista de Salto (ACAS), Uruguay
Attac Finlandia
Budakattu Krishina Sangham, Karnataka, India
Ecofeminismo Río Negro, Uruguay
Friends of the Landless, Finlandia
Witness Radio – Uganda
CORD, Karnataka, India
Colectivo Ñangapiré, San Gregorio de Polanco, Uruguay
Adiwasi Samta Manch, Chhattisgarh, India
A Planeta, Basque Country, España
Vivero Atrapasueños de San Gregorio de Polanco, Uruguay
TTIP-verkosto, Finlandia
Village Reconstruction and Development Project (VRDP), Tamil Nadu, India
El Jardín de los Seres, San Gregorio de Polanco, Uruguay
Our Forests – Meidän metsämme, Finlandia
Buliisa Initiative for Rural Development Organisation (BIRUDO) Uganda
Movimiento por la Tierra, Uruguay
Parivartan, Chhattisgarh, India
Partidos por el Medio, Uruguay
World Shop Association of Hämeenlinna, Finlandia
Devote Trust, Orissa, India
Grupo Guayubira, Uruguay
No al tren de UPM La Paz, Uruguay
Oyu Tolgoi Watch and Rivers without Boundaries Coalition, Mongolia
Una Nueva Vía Durazno, Uruguay
No al tren de UPM, Colón, Sayago y Peñarol, Uruguay
CRASH – Coalition for Research and Action for Social Justice and Human Dignity
Frente de Lucha Ambiental Delia Villalba, Uruguay
Partido Verde Animalista, Uruguay
El taller del arte-insano, San Gregorio de Polanco, Uruguay
Comisión Rivera por la Vida Sustentable y el Agua, Uruguay
COENDU, Conservación de Especies Nativas del Uruguay
FFOSE, Federación de Funcionarios de Obras Sanitarias del Estado, Uruguay
Un Solo Uruguay (USU), Uruguay
Mesa Nacional de Colonos, Uruguay
Asociación de Trabajadores Civiles de los Diques del Estado (ATCDE), Uruguay
Plenario intersindical social María Romana – La Paloma Rocha, Uruguay
Asamblea por el Agua del río Santa Lucía, Uruguay
Radio Espika FM, Santa Lucía, Uruguay
Maldonado por la Tierra y el Agua, Uruguay
Consejo de la Nación Charrúa (CONACHA), Uruguay
Asociación Barrial de Consumo (AsoBaCo), Uruguay
Paysandú Nuestro, Uruguay
Slow Food, Uruguay
Partido Verde Animalista, Uruguay
Colectivo La Campana Verde, Rocha, Uruguay
Vecinos de La Paloma- Rocha, Uruguay
Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, Argentina
Red Acuífero Guaraní, Uruguay
Casa de Filosofía, Uruguay
Per il Clima, fuori dal Fossile, Italia
Movimiento de Defensa del Agua, la Tierra y la Protección del Medioambiente, Chile
Centar za životnu sredinu/ Friends of the Earth, Bosnia and Herzegovina
Ähtärinjärven luonto yhdistys ry, Finlandia
Movimenti per l’ Acqua, Italia
European Water Movement

Contacto: NewWindAssociation1@gmail.com
Las organizaciones que quieran adherir pueden enviar un mensaje a <porunuruguaysustentable@gmail.com>

Se puede encontrar este documento completo, sus anexos y actualizaciones en el siguiente link: http://www.observatoriodelaguaenuruguay.com/report-to-un-cescr-on-upm-investment-in-uruguay