Los gobiernos uruguayos se atienen a los acuerdos con UPM a pesar de los errores del proyecto ferroviario y la indefinición de la empresa en aspectos ambientales clave de la planta de celulosa.
Víctor L. Bacchetta, en Sudestada 20/10/2020.
Las autoridades del Ministerio de Ambiente encabezaron, el pasado jueves, la primera reunión de la Comisión de Seguimiento de la segunda planta de celulosa de UPM con representantes de la empresa finlandesa, de los ministerios de Ganadería, Industria y Transporte, de las Intendencias de Durazno y Tacuarembó, de la Junta Local de Centenario, el Municipio de Paso de los Toros y organizaciones sociales.
El cometido de la comisión es acompañar el desempeño ambiental de la planta en la fase de construcción y hasta tres años de la fase de operación, luego de lo cual se evalúa si debe continuar o no. Se lo valora como una instancia de participación de todos los actores, pero es un seguimiento a distancia porque suelen realizarse dos reuniones anuales y la siguiente de esta comisión será el año próximo.
“A pesar de las dificultades, los tiempos se están alineando según lo previsto por UPM”, expresó el viceministro de Ambiente, Gerardo Amarilla, al comentar que ahora empieza la obra física de la planta. Amarilla sostuvo que no tuvieron sorpresas con el proyecto: «Es lo que se firmó por parte de Uruguay, es lo que recibimos y, como dijo el presidente, es importante resguardar la seguridad política del país».
«Nos están apurando», dijo a su vez Eduardo Andrés, titular de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama), a cargo del seguimiento cercano del proyecto. Y agregó: «Pero lo vamos a hacer en el tiempo que consideremos, entendiendo que Uruguay se comprometió —por voluntad política— a que, si no cumplía determinados requisitos en tiempo y forma, el país tendría que enfrentar multas económicas tremendas».
Las declaraciones oficiales dan la impresión de que Uruguay y UPM están cumpliendo los compromisos y las exigencias propias de un gran proyecto, pero en los hechos no es así. En primer lugar, las anteriores autoridades ambientales cumplieron los plazos definidos en el Contrato con UPM para la aprobación de los proyectos, pero lo hicieron a costa de posponer la definición de aspectos fundamentales de los mismos.
Una demostración de esta situación y sus consecuencias es el Proyecto Ferroviario. Para cumplir los plazos, las audiencias públicas del Ferrocarril Central se hicieron en vísperas de Navidad y Año Nuevo. Se aprobó apenas un pre-proyecto, sin estudios, definiciones y precauciones suficientes. Las obras del tren están hoy prácticamente paradas por imprevisiones técnicas de la empresa contratada por UPM.
Alegando que aumentaban demasiado costos y plazos comprometidos, negaron las propuestas de bypass para evitar que ese tren con celulosa y productos químicos atraviese las zonas urbanas entre Paso de los Toros y la capital. Los errores de UPM y de los responsables del gobierno uruguayo elevarán los costos y plazos del proyecto mucho más, pero no se plantean reconsiderar el interés de los vecinos.
Tras haber sido reelecto, el Intendente de Durazno, Carmelo Vidalín, se dio el lujo de citar la Biblia para decir que «el tiempo de protesta ya fue», aunque los hechos están dando la razón a los vecinos contrarios al paso del tren de UPM por sus barrios. La protesta en las audiencias públicas fue ignorada y la Corte Electoral les cerró el paso cuando presentaron miles de firmas para decidir la cuestión por plebiscito.
En segundo lugar, las actuales autoridades ambientales parecen no ser conscientes de la situación y siguen dando luz verde a la obra de la planta de celulosa cuando en este proyecto también subsisten indefiniciones clave. Los desvelos de la ex ministra Eneida de León por cumplir el plazo la llevaron a firmar una autorización condicionada al cumplimiento futuro por UPM de varios requisitos que debían ser previos.
La Resolución Ministerial 690/2019, del 14 de mayo de 2019, por la cual se concedió la Autorización Ambiental Previa (AAP) a UPM para el proyecto de planta de celulosa y zona franca en el departamento de Durazno, en su artículo 2° estableció que la autorización era concedida «sujeta al estricto cumplimiento de los compromisos que surgen de la presente tramitación y de las siguientes condiciones» (sic).
Autorización Ambiental Previa
Exponemos a continuación, literalmente, algunas de las principales condiciones requeridas para la construcción y operación de la planta de celulosa, que fueron detalladas en contenido y plazo de ejecución en aquella resolución ministerial.
++ Plan de Monitoreo Ambiental (PMA)
«l) Se deberá implementar un plan general de monitoreo de las condiciones ambientales, que sirva para delinear la situación preoperativa del área de influencia y permita realizar el posterior seguimiento de las distintas fases del proyecto.
Las dimensiones a cubrir serán la calidad del agua y de los sedimentos del Río Negro, incluido el estado de la biota acuática, las características del agua subterránea y del suelo en el predio del proyecto y su entorno inmediato, las condiciones de calidad del aire en la zona, incluyendo ruido, así como también las variables socioeconómicas de las comunidades involucradas.
Cada uno de los planes de monitoreo a implementar deberá ser presentado, dentro del plazo máximo de 6 meses, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la presente resolución, de forma tal que cada plan específico permita disponer de no menos de 2 años de mediciones previo al inicio de la operación del proyecto y al menos 1 año de mediciones previo al inicio de actividades de construcción que pudieran afectar cada uno de los ambientes objeto de relevamiento, o un período justificado suficientemente representativo a los fines de la caracterización buscada previo a la fase de construcción». (RM 690/2019)
++ Planta química
«f) Respecto de la planta química, dentro del plazo máximo de 6 meses, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la presente resolución, se deberán presentar para su consideración por parte de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, los detalles del proyecto de la alternativa de planta química finalmente seleccionada». (RM 690/2019)
++ Estructura de descarga de los efluentes
El punto (o) establece que la operación de la planta de celulosa no debe superar los niveles de calidad del agua en el Río Negro definidos en la Evaluación de Impacto Ambiental, excepto en un lugar que define como «la zona de mezcla asociada a la descarga del efluente, que no superará los 1000 metros de longitud ni se superpondrá con las márgenes del río«. (RM 690/2019)
«p) Se deberán ajustar las características y localización de la estructura de descarga de efluentes en el Río Negro y consecuentemente el proyecto de emisario y zona de mezcla previstos.
A tales efectos se deberá presentar un estudio detallado que fundamente la opción finalmente seleccionada, en base a los criterios enunciados previamente en el Informe de evaluación realizado por la Dirección Nacional de Medio Ambiente». (RM 690/2019)
++ Tratamiento de los efluentes y residuos industriales en la zona franca
Este mismo punto (p) expresa que deberán presentarse los proyectos ejecutivos de las plantas de tratamiento de efluentes previstas para las fases de construcción y operación respectivamente y el Sitio de Disposición Final a localizar dentro de la planta, para las diversas categorías de residuos industriales.
Y concluye: «Todas estas definiciones de proyecto deberán ser presentadas dentro de un plazo máximo de 6 meses, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la presente resolución, y se requiere que cada una de ellas resulte aprobada por la Dirección Nacional de Medio Ambiente previo al inicio de la correspondiente actividad de construcción del proyecto«. (RM 690/2019)
Los incumplimientos de UPM
El tercer factor en juego en el desarrollo de este proyecto es que UPM, a su vez, viene postergando el cumplimiento de tales requisitos, al punto que hoy, casi un año y medio después, hay aspectos no definidos y tareas no realizadas que se superponen con actividades que debían ser posteriores, pero que ya fueron iniciadas. Y esto sucede con el consentimiento de las actuales autoridades ambientales.
El «plazo máximo de 6 meses» establecido en la resolución ministerial para esos cinco aspectos – plan de monitoreo ambiental, planta química, descarga de los efluentes en el río, tratamiento de efluentes y de residuos industriales en la zona franca -, venció a mediados de noviembre de 2019 pero no se cumplió. De ahí en adelante, UPM planteó sucesivas prórrogas de los plazos que fueron concedidas sin más.
Con el nuevo gobierno nacional, la División Emprendimientos de Alta Complejidad (DEAC), a cargo del proyecto de UPM en el Área Evaluación de Impacto Ambiental de la Dinama, realizó el pasado 13 de mayo un «recuento de algunos de los compromisos que aún no han sido satisfechos». La DEAC no mencionó plazos y pasó a distinguir entre premura, mayor diligencia posible y urgencias de mediano plazo.
El asunto con «premura» era el Plan de Monitoreo Ambiental (PMA), que no había sido presentado en su totalidad y no estaba aprobado por la Dinama. Y entre los asuntos que requerían avanzar con la «mayor diligencia posible» estaban las informaciones pendientes sobre las dimensiones agua, suelo y agua subterránea del PMA y la definición de la estructura de descarga de los efluentes en el Río Negro.
Este informe evidencia el incumplimiento definitivo de una condición fundamental que era, una vez aprobado el PMA, la medición de las características ambientales del área de influencia del proyecto al menos un año antes del inicio de la construcción de la obra, para poder evaluar luego los impactos del proyecto. Las obras ya se habían iniciado sin ese requisito, con movimientos de tierras, explosiones, etc.
El 31 de agosto último, UPM informó a la Dinama de los trabajos con vistas a «realizar una medición de las condiciones hidrodinámicas y de mezcla transversal en la zona del río Negro donde será ubicada la estructura de descarga prevista». La tarea estaba a cargo de la Facultad de Ingeniería y debía ser coordinada con UTE para asegurar el flujo de la represa de Rincón del Bonete requerido para los ensayos.
La comunicación de UPM muestra que hasta el presente no se ha encontrado una solución que garantice que la zona de mezcla del efluente no tenga más de 1000 metros de longitud y no llegue hasta las orillas del río. Este factor, cuya dificultad el profesor Daniel Panario advirtió hace tiempo, es una condición que determina la viabilidad del proyecto y debió ser una exigencia previa a su autorización.
El 3 de setiembre, la Dinama señaló que UPM no había presentado la caracterización de la línea de base de la dimensión social y le fijó un plazo de 10 días para presentar los resultados del monitoreo de ese y otros componentes del PMA. A esa altura, no se habían aprobado las dimensiones de calidad del agua, sedimentos y biota acuática, razón por la cual tampoco se habían iniciado los monitoreos respectivos.
La DEAC señaló que la caracterización del estado del ambiente previo a las acciones del proyecto se encontraba «preocupantemente demorado y su inadecuado abordaje aparejaría riesgos para la adecuada actividad de seguimiento del proyecto y de enmascaramiento de potenciales afectaciones sobre el ambiente, y entorpecimientos al normal proceso de evaluación y autorización que aún resta desarrollar».
Por temor a las multas «tremendas», como dice el director, la Dinama está cumpliendo los plazos de las autorizaciones. Pero cuando UPM no cumple con las condiciones de las autorizaciones no se toman medidas en consecuencia. De esta manera, se siguen postergando definiciones fundamentales del proyecto y las mediciones del ambiente imprescindibles para poder evaluar sus impactos reales en el futuro.
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